Vender casa en Madrid con el inquilino habitando en la misma, es un procedimiento completamente legal. Aunque muchos piensen lo contrario, es un trámite posible que se da a menudo, y que está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Lo realmente peliagudo del tema, radica en si se puede o no, echar al inquilino por dicha venta y cuáles son los derechos de cada uno. En Vivienda Capital Agencia Inmobiliaria en Madrid, te explicamos qué pasa con el arrendador cuando el propietario toma la decisión de vender.

¿Quieres vender tu piso en Madrid con inquilinos dentro en régimen de alquiler?

Esto es lo que debes de saber:

Nadie que esté interesado en comprar casa en Madrid, va a decidirse a hacerlo sin primero haberla visto con detenimiento. Con lo que tendrás que obtener el consentimiento de tu inquilino, al que a priori es posible que el asunto no le haga mucha gracia, o tal vez sí, si está interesado en adquirirla.

  • Derecho de Adquisición del inquilino frente a otros compradores

El inquilino tiene, si lo deseara, la oportunidad de adquirir y comprar la vivienda en primer lugar frente a otros compradores. Con un plazo de hasta 30 días desde que el propietario anuncie la venta del inmueble, el arrendador podrá intervenir y adquirirla por el precio que haya establecido el vendedor.

Por ello, es necesario que para que el piso pueda venderse de forma legal, el propietario anuncie la intención de hacerlo, al inquilino del inmueble. Es lo que se llama Derecho de Adquisición Preferente.

  • En el caso de que el comprador sea un inversor

Siempre podrá ser factible la idea de que éste siga teniéndole como inquilino y que pueda firmar un contrato a largo plazo. Con lo que podría ser un buen argumento para que el inquilino acceda a enseñar la vivienda y a facilitar dicho proceso.

Hay que darle todo tipo de comodidades al arrendador ya que por derecho, pues la ley lo ampara,  si éste no quiere enseñar el piso, no tendrá por qué hacerlo y a ti te resultará prácticamente imposible venderlo.

¿Y si quiero vender casa con inquilino que tiene contrato de larga duración?

Los contratos de alquiler varían en función de los años de duración. Por ejemplo, en un contrato de tres años, inquilino y propietario se aseguran una cierta estabilidad. Aún siendo este el caso, en este tipo de contratos de alquiler de larga duración, el propietario de la vivienda puede poner a la venta el inmueble si lo desea. Sin embargo, no podrá echar al inquilino hasta la exención del mismo. Lo cual no significa que no pueda vender el piso.

Resumiendo, si la vivienda está inscrita en el Registro de la Propiedad con un contrato formal, el dueño del piso no podrá echar al inquilino hasta la exención del contrato.

Por último, y aunque al final se trate en definitiva de un procedimiento de buena fé, en el peor de los casos siempre se puede indemnizar al inquilino con algún tipo de ventaja para que éste pueda dejar la vivienda en un plazo máximo de 3 meses

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