Si estás pensando en vender tu casa en Madrid y no sabes por dónde empezar, no te pierdas este post! En Vivienda Capital, queremos ayudarte a desgranar toda la documentación que la ley exige, para que logres tu objetivo en tiempo récord y con la máxima eficiencia posible.

¿Cuáles son los trámites para vender tu casa en Madrid?

Es cierto que los trámites para vender un piso en Madrid, pueden resultar laboriosos e incluso engorrosos en cuanto a papeleo y a documentación exigida. Y si lo normal, es que no tengas demasiados conocimientos sobre el mercado inmobiliario ni sobre las acciones de compra-venta de vivienda, te resultará un tema complicado y algo más que opaco.

Escrituras, certificados, impuestos, contratos…Expediciones de la Administración Pública y un largo camino que recorrer para conseguir la ansiada venta de tu inmueble. Pero realmente, ¿qué es lo que necesito para conseguirlo?

Documentación para vender una casa en Madrid de segunda mano

  1. Documento Nacional de Identidad (DNI) de todas las partes involucradas en la acción de compra-venta.
  2. Nota Simple Registral donde se demuestra que el vendedor está en posesión de la casa para poder venderla. Es decir, que es el auténtico dueño del piso y que tiene pleno derecho sobre ella. Además en esta nota se comprueban las posibles “cargas” que pudiera tener: hipotecas, embargos, etc…Este documento lo expide el Registro de la Propiedad, un organismo de acceso público, con lo que no estarás obligado a entregárselo al comprador ya que él mismo podrá solicitarlo. Un coste de aproximadamente 5 euros.
  3. Planos de la vivienda y los estatutos de la comunidad de propietarios: Si el futuro comprador va a solicitar una hipoteca su banco le pedirá esta documentación, con lo cual no está de más tenerla a mano.
  4. Último recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) Donde demostrará que hemos pagado este impuesto o por el contrario si queda pendiente. Así mismo el comprador deberá pagar la parte proporcional de lo que quedase de año desde que realice la acción de compra. También es probable que éste último solicite hasta los últimos 5 recibos. Este documento lo expide el Ayuntamiento correspondiente.
  5. Certificado de Eficiencia energética: Obligatorio para edificios de más de 45 años de antigüedad (con una revisión cada 10 años)
  6. Certificado de la comunidad de propietarios: Debe firmarlo el presidente de la comunidad. En este certificado se especificará si estamos al corriente de pagos y derramas o de la deuda pendiente. En el último caso se restará del precio de la vivienda.
  7. Cédula de habitabilidad: Acredita que la vivienda en cuestión cumple todos los requisitos para que pueda ser habitada. Expedido por el Ayuntamiento.
  8. Certificado de Saldo pendiente de la hipoteca: En el caso de tener una hipoteca en vigor, este certificado indicará la dirección en la que se ubica la vivienda, el número de finca registral y la cuenta en la que se debe abonar este crédito, para cancelarlo.
  9. Certificado de saldo cero: Si la hipoteca ya está abonada completamente pero no se ha cancelado del registro este documento servirá para acreditarlo.
  10. Escritura de aceptación de herencia: Si la vivienda forma parte de una herencia o un legado tendrá que demostrarse que se han pagado los tributos correspondientes. Modelos de impuesto 600 y 650
  11. Últimos recibos de los suministros: Una manera de demostrar que la casa no tiene cargos pendientes.
  12. Contrato de arras: Admite cierta flexibilidad, porque existen varias formas de realizar una reserva de la vivienda. Es el contrato más seguro y frecuente en el sector inmobiliario aunque existen otro tipo de contratos de reservas.
  13. Escritura pública: En este caso es la notaría la que se encarga de redactar el contrato para elevarlo a escritura pública. Los honorarios suele pagarlos el vendedor, por lo que suele elegir la notaría con la que firmar. Este es uno de los documentos más importantes en la acción de compra-venta ya que detallará todos los entresijos de la operación. Por ello, se trata de un contrato que nos da muchas garantías. Gracias a que se eleva a escritura pública, podrás inscribirlo en el Registro de la Propiedad, y así validarlo frente a terceros.

Si crees que después de leer este artículo no vas a ser capaz de realizar todos los trámites para vender tu casa en Madrid, ni reunir toda la documentación necesaria, puedes contactar con nosotros y ahorrarte todo este proceso.

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